EL ARTÍCULO 471 DEL CÓDIGO PENAL señala: “Quien con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienhechuría ajenos, incurrirá en prisión de cinco años a diez años y multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a doscientas unidades tributarias (200 U.T.). El solo hecho de invadir, sin que se obtenga provecho, acarreará la pena anterior rebajada a criterio del juez hasta en una sexta parte.
La pena establecida en el inciso anterior se aplicará aumentada hasta la mitad para el promotor, organizador o director de la invasión”. La norma fue reformada y refrendado en la Gaceta Oficial número 5763 del 16 de marzo de 2005.
Pero hoy en El Nacional las periodistas Sofía Nederr y Fabiola Zerpa dan la lamentable primicia de que de ahora en adelante, por instrucciones de la muy cuestionada presidenta del Tribunal Supremo de Justicia -dos veces acusada de corrupción en sus cargos anteriores pero obsecuente y complaciente con el llamado proceso “robolucionario”- la invasión ahora no será delito. La Sala Constitucional del TSJ despenalizó ese delito.
La información fue dada por la presidenta del máximo tribunal, magistrada Luisa Estella Morales, durante un acto de conmemoración del 152 aniversario de la Batalla de Santa Inés, realizado el pasado sábado en el Consejo Legislativo del Estado Barinas.
Según la reseña de El Nacional la magistrada Morales dijo que, luego de conocer el caso de dos campesinos acusados de invasores en el estado Guárico, se ordenó la desaplicación del artículo 471 del referido Código. Pese a que no se dan detalles de los hechos ni el TSJ envió la sentencia y sus argumentos, en la nota divulgada por el Poder Judicial se indica que “se ordenó la inmediata liberación de los campesinos que hayan sido juzgados bajo esa condición”.
Una fuente del sistema judicial señaló que el efecto de la decisión es grave, ya que fomentará las invasiones. Agregó que las implicaciones de la orden de la desaplicación es que ninguna persona podrá ser jugada por el delito tipificado en el artículo 471, el cual de ahora en adelante es inconstitucional. Indicó que todos los tribunales tienen el deber de acatar la decisión porque todas las decisiones de la Sala Constitucional son vinculantes, como está señalado en la carta magna.
Entrevistado el ex juez Jesús Ollarves subrayó que el dictamen de la Sala Constitucional, de acuerdo al artículo 335 de la Constitución, tiene efecto general.
“Esta es una sentencia de obligatorio cumplimiento para los jueces y fiscales de la República. De esta forma se configura una suerte de legislación oscura porque el Poder Legislativo es quien puede legislar, derogar normas y crear delitos. Se acentúa la inseguridad jurídica, se viola el principio constitucional a la propiedad privada y hace que este sea ahora un derecho por alcanzar”, explicó Ollarves.
El Ministerio de Agricultura y Tierras informó que durante 10 años de la aplicación de la Ley de Tierras, el Ejecutivo Nacional entregó 175.129 instrumentos agrarios: adjudicaciones de tierras, cartas agrarias, declaraciones de permanencia, constancias de trámites administrativos y autorizaciones para explotación de recursos naturales.
Felipe Benítez, del Observatorio de Derechos de la Propiedad, dijo que con la disposición del TSJ se legaliza lo que ya estaba ocurriendo en la práctica.
“Ahora la gente asumirá que no hay razones para no invadir”, dijo Benítez. Informó que hasta septiembre de 2011 se registraron 246 invasiones; y entre 2005 y 2010, 280.
En otra nota aparecida en www.LaPatilla, en su sección Semillas de Patilla, quien analiza la decisión del TSJ se afinca en esa ilegalidad y en el apoyo gubernamental a violar la ley y a invadir la propiedad privada.
Bajo el titulo LICENCIA PARA LA ANARQUÍA se anuncia que “invadir tierras ya no es delito”:
“La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales,
informó que la Sala Constitucional ordenó la desaplicación del artículo 471 del
Código Penal el cual tipifica la invasión como un delito, y por consiguiente,
ordenó la inmediata libertad de los campesinos que hayan sido juzgados bajo esa
condición. Morales dio a conocer la información durante su discurso como oradora
de orden en la instalación de una sesión solemne conjunta entre el Consejo
Legislativo del estado Barinas y el Concejo Bolivariano Socialista recordando
que el General Ezequiel Zamora soñaba por una Venezuela libre de la tiranía goda
y que “la lucha no es solamente por la elección popular sino por tierras y
hombres libres, la lucha es universal”. La verdad es que esta señora no pierde
oportunidad para recordarnos que no es más que un servil peón al servicio de los
intereses de Hugo Chávez y que el cargo que ostenta le queda demasiado grande
como para merecer ejercerlo. Durante años, el comandante presidente ha incitado
y ejercido la invasión como una forma demagógica y populista de ganarse los
favores de una parte de la población. Ahora, con esta decisión, el TSJ avala el
delito simplemente desaplicando el artículo del Código penal que así lo
tipifica. Con esto se está sentando un grave precedente y prácticamente se está
dando luz verde a todo aquel que por sus convicciones revolucionarias se crea en
el derecho a tomar por la fuerza algo que no le pertenece, es decir, robar. Lo
peor es que lo hace invocando anacrónicos ideales que poco tienen que ver con la
realidad actual. No se puede pretender reivindicar los derechos de algún
colectivo simplemente dándoles licencia para la anarquía. La demagogia
representada por personajes tan inmorales como, irónicamente, lo es Luisa
Estella Morales está acabando con el país. Necesitamos recuperar la
institucionalidad perdida.”


